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SCJN pone freno a la violencia vicaria institucional: ¿una jugada para calmar críticas?
La Suprema Corte establece que las denuncias no podrán ser armas de control en disputas familiares, marcando un hito contra la violencia vicaria que afecta a madres e hijos.
Adiós a la Violencia Vicaria: Un Cambio en la Justicia Familiar
Las amenazas de denuncias, demandas y amparos ya no servirán como armas de intimidación, castigo o control contra las mujeres en conflictos familiares. Por primera vez, la Suprema Corte ha dado un paso significativo al reconocer que el sistema judicial puede ser utilizado como un instrumento de violencia vicaria, cuando un padre abusa de los procesos legales para apartar a una madre de sus hijos o evadir sus responsabilidades parentales.
Con este razonamiento, el tribunal pleno ha establecido un marco de referencia que permitirá a jueces y juezas identificar cuando una disputa familiar se convierte en un mecanismo de agresión, en lugar de ser una vía legítima para la defensa. Esta decisión, que se tomó por unanimidad, busca la protección de niñas, niños y adolescentes, señalando que estos no solo quedan atrapados en medio del conflicto, sino que pueden ser víctimas directas de violencia física, psicológica, económica o afectiva.
¿De dónde surge esta iniciativa contra la violencia vicaria?
Este fallo se originó a partir de un proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, en respuesta a un caso de violencia familiar en el que un hombre recurrió desmesuradamente al sistema legal para separar a un adolescente de su madre. Ortiz Ahlf defendió la importancia de que las autoridades legales actúen con cuidado y diligencia para evitar la reproducción de la violencia existente y no incurrir en violencia institucional.
Durante los debates, la ministra Sara Irene Herrerías afirmó que los conflictos entre adultos no deben impactar directamente los derechos de los menores. “Separar a un niño o niña de su padre o madre es una de las mayores violaciones a sus derechos humanos, por pleitos que les son ajenos”, expresó contundente.
El caso llegó al máximo tribunal bajo el amparo directo en revisión promovido por el padre del menor, quien intentó impugnar partes de los artículos 6 y 9 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Este intento por socavar la ley evidenció el cinismo de quienes buscan manipular el sistema a su favor, olvidando el bienestar de los más vulnerables: los niños.
La justicia ha adquirido un significado renovado, ahora, al menos sobre el papel, restándole poder a quienes abusaron del sistema en nombre del “derecho”. Pero, ¿será este un verdadero punto de inflexión en la lucha contra la violencia vicaria o solo una medida más del aparato legal que promete lo que no puede cumplir?

